Description: Tratándose la reclamación tributaria de un juicio cuyo procedimiento se rige por leyes especiales, el recurso de casación en la forma que pretende fundarse en la causal del Nº 5 del artículo 768 del C.P.C., en relación con el artículo 170º del mismo cuerpo legal, puede referirse únicamente a la falta en la sentencia de la decisión del asunto controvertido.