Description: En su artículo 14 el D.L. 2186 expresamente entrega al conocimiento de la justicia ordinaria todo lo relativo a la fijación de la indemnización definitiva del bien expropiado; el momento en que el ente expropiante adquiere el dominio del bien es el que determina cuando el particular sufre el daño patrimonial y fija el período de reajustabilidad.